Animales potencialmente peligrosos

La licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos tiene carácter unipersonal, y la deberán obtener tanto el propietario como otras personas que pudieran llevar al animal en espacios públicos o privados de uso común.

La licencia debe obtenerse con carácter previo a la adquisición del animal, o en el plazo de un mes desde que el animal es calificado como Potencialmente Peligroso.

La solicitud se realiza mediante un formulario que encontrarás en las Juntas Municipales de Distrito, acompañada de la documentación que se señala a continuación:

  • DNI (que acredita la identidad del solicitante, así como su mayoría de edad)
  • Certificado de capacidad física y aptitud psicológica. Este RECONOCIMIENTO necesario para obtener este certificado lo realizamos en Psicotécnico Salvador 25
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

Renovación u Obtención

Documentación que tienes que traer para realizar el reconocimiento psicofísico: 

  • DNI
  • 1 Fotografía carnet

¿EN QUE CONSISTE EL PSICOTECNICO PARA LICENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS?

Este proceso tan solo durará de 15 a 20 minutos y consistirá en:

Exploración Médica:

  • Anamnesis (entrevista)
  • Examen físico general
  • Examen físico por sistemas: agudeza auditiva y visual, sistema locomotor, dificultades perceptivo-motoras (entre otros)
  • Otros: Se realizan ante la sospecha de alguna patología.

* En caso de cirugía reciente, o toma de medicación importante (ej. Sintrom, radioterapia, quimioterapia) deberá presentar un informe médico.

Exploración Psicológica:

  • Anamnesis (entrevista)
  • Test de personalidad

Razas de Perros Potencialmente Peligrosos por Comunidades Autónomas

GaliciaEspañaCataluñaMadridValenciaBaleares
American Staffordshire Terrier xxxxx
American Staffordshire Bull Terrier xxxxxx
Pit Bull Terrierxxxxx
Bull Terrier x
Bullmastiff xxxx
Doberman xxxx
Dogo Argentinoxxxxxx
Dogo Burdeosxxxx
Dogo del Tibetx
Fila Brasileiroxxxxxx
Mastín Napolitanoxxxx
Presa Canarioxxxx
Presa Mallorquínxx
Rotweillerxxxxxx
Tosa Inuxxxxxx
Akita Inuxxx
Sus crucesxxxxxx

Se denomina a PPP a aquellas razas de perros que se estima que son potencialmente peligrosas por sus atributos físicos. Es en base a este tipo de diferencias físicas que el gobierno español crea el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de “perros potencialmente peligrosos”.

No solamente los perros mencionados anteriormente pueden ser considerados como “perros potencialmente peligrosos” también existen una serie de características físicas que pueden hacer que un perro sea considerado PPP:

  • Musculatura fuerte, aspecto poderoso, robusto, confinguración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Además de todos estos detalles, un perro también puede ser considerado como PPP en determinadas comunidades autónomas o por orden expresa si lo solicita un veterinario.

¿Qué necesitas para adoptar un perro PPP?

Para empezar, es fundamental obtener una licencia administrativa que certifica que la persona cumple todos los requisitos que impone el estado. Las personas que tengan a su cargo perros potencialmente peligrosos en España, según la ley vigente, deberán cumplir los siguientes puntos:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  3. No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos.
  4. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  5. Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 €.

La licencia debe renovarse cada 5 años y puede ser renovada mientras el titular no deje de cumplir algunos de los puntos establecidos anteriormente. Además, se deberá realizar un examen físico y psicológico que acredite que la persona que va a recibir la licencia tiene la suficiente capacidad visual, auditiva, del sistema locomotor y del sistema neurológico.